Cuando el genocida no paga

El historiador judío-israelí Omer Bartov, especialista en el Holocausto, concluyó que Israel comete genocidio en Gaza. Su nuevo ensayo advierte algo peor: que la impunidad se está volviendo rentable, y eso amenaza el sistema jurídico nacido después de 1945.

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Cuando el genocida no paga

Omer Bartov nació en 1954 en el kibutz Ein HaHoresh, en el centro de Israel, hijo del célebre escritor israelí Hanoch Bartov, veterano de la Haganá y de la guerra de 1948. Omer sirvió en las Fuerzas de Defensa de Israel y combatió en la Guerra de Yom Kipur. Estudió en la Universidad de Tel Aviv y se doctoró en el St Antony's College de Oxford. Desde el año 2000 enseña en la Universidad Brown, donde ocupa la cátedra Dean's Professor of Holocaust and Genocide Studies.

Su trayectoria académica es la de un historiador clásico del Holocausto, no la de un activista. Su investigación sobre el Ejército alemán en el Frente Oriental desmontó el mito del "Wehrmacht limpia", demostrando la participación extendida de soldados regulares —no solo de las SS— en los crímenes del nazismo. Su libro Anatomy of a Genocide: The Life and Death of a Town Called Buczacz (2018), una microhistoria de la aldea galitziana de la que provenía su madre, recibió el National Jewish Book Award y el premio internacional de Yad Vashem a la investigación sobre el Holocausto. Es, según el Museo Conmemorativo del Holocausto de Estados Unidos, uno de los principales especialistas mundiales en el estudio comparado del genocidio.

Este perfil importa porque desactiva de entrada la acusación más fácil que suele recibir cualquiera que hable de genocidio en Gaza: que se trata de judeofobia disfrazada de erudición. Bartov es un judío israelí, hijo de una familia sionista de izquierda, veterano del ejército israelí y la máxima autoridad académica viviente sobre cómo se reconoce, documenta y demuestra un genocidio. Y durante meses se resistió a usar esa palabra.

El primer artículo: una conclusión a la que llegó en contra de su voluntad

El 15 de julio de 2025, Bartov publicó en The New York Times el ensayo "I'm a Genocide Scholar. I Know It When I See It." Allí explica que, un mes después del ataque de Hamás del 7 de octubre de 2023, consideraba que había evidencia de crímenes de guerra y posibles crímenes de lesa humanidad por parte de Israel, pero que esa evidencia no le parecía alcanzar el umbral del genocidio.

Su posición cambió con el correr de los meses de guerra, a medida que observaba el patrón de desplazamientos forzados, el asedio y la destrucción sistemática de infraestructura. Un punto de inflexión que él mismo señala: hacia mayo de 2024 el ejército israelí ordenó el desplazamiento de alrededor de un millón de palestinos refugiados en Rafah hacia la zona costera de Al-Mawasi, un área sin infraestructura ni refugio adecuado, para luego destruir gran parte de Rafah. Para Bartov, ese episodio —sumado a declaraciones de autoridades políticas y militares israelíes que él interpreta como expresión de intención genocida— hizo "ya no posible negar" que las operaciones militares encajaban en la definición legal del crimen.

La definición fría: qué exige la Convención de 1948

Genocidio no es un sinónimo retórico de "masacre" ni de "crimen de guerra grave". Es una categoría jurídica precisa, definida en el artículo II de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (ONU, 1948). Exige dos elementos copulativos:

Un elemento mental (mens rea): la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, en cuanto tal —es decir, por su pertenencia al grupo, no como daño colateral de otro objetivo militar.

Un elemento material (actus reus): que esa intención se materialice en al menos una de cinco conductas: matar a miembros del grupo; causarles lesión grave a la integridad física o mental; someterlos deliberadamente a condiciones de existencia calculadas para acarrear su destrucción física, total o parcial; imponer medidas destinadas a impedir nacimientos; o trasladar por fuerza a niños del grupo a otro grupo.

Es, deliberadamente, una definición fría y acotada. Su severidad es la razón por la cual el término no debería usarse a la ligera —y también la razón por la cual, cuando un historiador de la talla de Bartov concluye que se cumple, el peso de esa conclusión es distinto al de una acusación política.

Cómo Bartov encuentra respaldo para cada elemento en Gaza

En su artículo de 2025 y en los que lo precedieron, Bartov construye su caso recorriendo ambos elementos de la definición:

Sobre las conductas materiales, cita la escala de las muertes y heridos —cifras que en el ensayo de julio de 2026 él mismo actualiza a partir de datos reconocidos por el propio ejército israelí: al menos 70.000 muertos, en su mayoría civiles, y cerca de 200.000 heridos—, además de la destrucción de hospitales, vivienda e infraestructura de agua potable, y el uso del hambre y el colapso sanitario como arma de guerra. Estos elementos, argumenta, encajan en las conductas de matar, causar daño grave y someter deliberadamente a condiciones de vida calculadas para destruir a un grupo.

Sobre la intención, Bartov no se apoya solo en el resultado sobre el terreno, sino en declaraciones públicas de autoridades políticas y militares israelíes que él lee como expresiones explícitas de un propósito de destrucción del grupo palestino en Gaza como tal —y no únicamente de derrota militar de Hamás—, junto con el patrón de desplazamientos forzados hacia zonas sin capacidad de sostener vida humana, como Al-Mawasi.

Es importante señalar, con el mismo rigor que Bartov reclama para sí, que esta lectura no es unánime: sectores críticos —entre ellos comentaristas y organizaciones cercanas al gobierno israelí— han cuestionado su selección de citas, argumentando que algunas de las frases que Bartov interpreta como genocidas se referían explícitamente a Hamás y no a la población civil palestina. Bartov, por su parte, sostiene que hacia 2025 existía ya un consenso amplio entre especialistas en genocidio y derecho internacional sobre la naturaleza de lo ocurrido en Gaza, y le inquieta que buena parte de la prensa siga evitando la palabra.

El segundo artículo: un peligro que sobrevive al genocidio mismo

El nuevo ensayo de Bartov, publicado el 21 de julio de 2026 bajo el título "I'm a Scholar of Genocide. We're Entering a Terrifying New Era", ya no discute si lo ocurrido en Gaza califica como genocidio —da esa conclusión por establecida— sino que plantea una pregunta distinta y, para él, más inquietante: qué le ocurre al derecho internacional cuando un genocidio no solo queda impune, sino que además resulta rentable para su perpetrador y sus aliados.

Bartov repasa la historia reciente de los genocidios reconocidos: cuando el régimen perpetrador es derrotado militarmente —la Alemania nazi, la Camboya de los jemeres rojos, Ruanda, Bosnia— sobreviene algún tipo de rendición de cuentas, por tardía e incompleta que sea. Cuando no lo es —los hereros y namas a manos del Imperio alemán en 1904, los armenios bajo el Imperio otomano en 1915— el crimen queda en la impunidad y, con frecuencia, en la negación.

Su tesis es que el caso de Gaza inaugura una tercera vía, inédita: la de un genocidio que no solo queda impune, sino que se convierte en una oportunidad de negocio. Describe el plan de reconstrucción impulsado por la administración Trump —con una "Junta de Paz" presidida por el propio Trump, la desmilitarización y reconstrucción de la Franja bajo administración internacional, y el proyecto inmobiliario de una "Nueva Gaza"— como un mecanismo que transforma el territorio arrasado en una oportunidad de inversión inmobiliaria, de la que los propios palestinos desplazados quedarían excluidos como propietarios, reducidos al rol de mano de obra de servicio. A esto suma el dato de que la industria armamentista israelí incrementó sus exportaciones un 30% en un año, señal de que el "battle-testing" de armamento en Gaza opera, según su lectura, como un argumento de venta.

El estado de la justicia internacional: dos tribunales, ninguna sentencia

La advertencia de Bartov sobre la impunidad no es una figura retórica: es, en este momento, una descripción bastante literal del estado de los dos procesos judiciales internacionales abiertos contra Israel.

La Corte Penal Internacional (CPI). El 21 de noviembre de 2024, la Sala de Cuestiones Preliminares de la CPI emitió órdenes de arresto contra Netanyahu y contra su entonces ministro de Defensa, Yoav Gallant, por crímenes de guerra —entre ellos el uso del hambre como método de guerra— y crímenes de lesa humanidad. Ambos siguen prófugos ante la Corte. En teoría, los 125 Estados parte del Estatuto de Roma están obligados a arrestarlos si pisan su territorio; en la práctica, Hungría invitó formalmente a Netanyahu a una conferencia en marzo de 2026 sin intención de detenerlo, y Polonia adoptó una resolución de gobierno para garantizarle inmunidad de facto durante una visita. Human Rights Watch ha señalado repetidamente que ambos países incumplen así una obligación jurídica vinculante.

A esa erosión se suma la ofensiva del gobierno de Estados Unidos contra la propia Corte. En febrero de 2025, Donald Trump firmó una orden ejecutiva imponiendo sanciones a funcionarios de la CPI por las órdenes de arresto contra Netanyahu y Gallant; las sanciones se ampliaron después a jueces, al fiscal Karim Khan, a la relatora especial de la ONU Francesca Albanese y a organizaciones palestinas de derechos humanos acusadas de colaborar con la Corte.

En julio de 2026, el Departamento de Estado anunció una campaña de "todo el gobierno" para, en palabras del propio Departamento, deshabilitar la capacidad operativa de la CPI, luego de que tres jueces de la Corte demandaran a la administración estadounidense por las sanciones previas. Es, literalmente, el intento de un Estado poderoso —no parte del Estatuto de Roma— de desactivar el único tribunal con mandato para juzgar el crimen de genocidio a nivel individual.

La Corte Internacional de Justicia (CIJ). La demanda presentada por Sudáfrica contra Israel por violación de la Convención de 1948 lleva pendiente desde diciembre de 2023. La Corte ha dictado sucesivas medidas provisionales —entre ellas, en enero y marzo de 2024, la orden de garantizar el ingreso de ayuda humanitaria y prevenir actos genocidas— pero no existe todavía un fallo sobre el fondo: si hubo o no genocidio.

Israel ha solicitado y obtenido múltiples prórrogas para presentar su contramemoria, la última con vencimiento en marzo de 2026, y especialistas en litigio internacional estiman que una sentencia definitiva podría no llegar antes de 2027 o 2028 —cuatro años después de presentada la demanda, y muy probablemente con la reconstrucción de "Nueva Gaza" ya en marcha.

Este contraste es, precisamente, el fenómeno que Bartov describe: no se trata de que no existan mecanismos de responsabilización internacional —existen, y ya se activaron—, sino de que su lentitud estructural, sumada al boicot activo de al menos una potencia con asiento permanente en el Consejo de Seguridad, los vuelve incapaces de operar a la velocidad de los hechos consumados sobre el terreno.

La paradoja es que tanto la Convención de 1948 como la arquitectura que décadas más tarde dio origen a la CPI nacieron como respuesta directa al Holocausto, precisamente para que ningún pueblo volviera a quedar desprotegido frente a un intento de exterminio.

Que hoy ese mismo andamiaje jurídico se muestre incapaz de frenar a tiempo lo que un historiador judío del Holocausto describe como genocidio no es un detalle menor de la historia: es, para Bartov, el síntoma más inquietante de todos.

Por qué esto importa más allá de Gaza

El argumento final de Bartov es el que da título a su ensayo: si este patrón se consolida, otros Estados —y no solo Israel— podrían llegar a la conclusión de que el genocidio, lejos de acarrear sanción, puede ser una extensión legítima y lucrativa de la política por otros medios. La Convención de 1948 nació precisamente para impedir que la impunidad y el beneficio económico volvieran a ser, como lo fueron para el Imperio alemán en Namibia o para el Imperio otomano con los armenios, el resultado esperable de exterminar a un pueblo.

Ese es el punto en el que la advertencia de Bartov trasciende el conflicto israelí-palestino: no habla ya de un episodio aislado, sino del posible desmantelamiento silencioso del andamiaje jurídico que la humanidad construyó después de 1945 para que "nunca más" fuera algo más que una consigna.

 

 

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